Menores
CONCEPTO: Persona capaz de decidir sobre aquellos aspectos que le conciernen, menor de 18 años, sometido a derechos, necesidades y tareas evolutivas a desarrollar.
EPOCAS HISTORICAS Y AVANCES LOGRADOSPartiremos desde hace sólo unos siglos el menor no tenía la mismas atenciones que en la actualidad, a los pocos años se les ponía a trabajar y se les consideraban como adultos, esto todavía desgraciadamente nos lo encontramos hoy en países subdesarrollodos.
DECLARACIONES RELACIONADAS CON LOS DERECHOS DEL NIÑO:Declaración de Ginebra.(1923)
Carta de la Infancia.(1942)
Declaración de los Derechos de la Infancia.(1959)
Convención de los Derechos del Niño.(1989): Ratificada por 192 países,compromete a los gobiernos a proteger los Derechos del niño. Basada en cuatro principios rectores, como señala UNICEF son:
Apoya el principio de no discriminación( art.2)
Interés superior del niño(art.3)
Supervivencia y desarrollo(art.6)
Opinión del niño.(art.12)
También establece las pautas en salud, educación y prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.
La protección del menor es un asunto que nos incluye a TODOS: padres,ciudadanos, sociedad y administración, por ello debemos evitar que ninguno de los aspectos básicos en el desarrollo del menor se vea limitados para no proporcionarles en ningún momento la EXCLUSIÓN.CARACTERÍSTICAS:Inmaduro y vulnerable por lo tanto la sociedad tiene que proporcionarle todo lo necesario.
CAPACIDADES: recibir información, transmitir información, actuar y aprender.NECESIDADES:
Necesarias para sobrevivir: físico- biológicas, cognitivas, emocionales y sociales.
La importancia de la satisfacción de las necesidades y vínculos afectivos pues esto va
ser su formación de la personalidad y capacidad para establecer relaciones sociales.
SITUACIÓN DE MALTRATO:Si alguna de las necesidades expuestas anteriormente se viera alterada o los agentes
sociales no pueden ayudar a realizar las tareas evolutivas se producen situaciones de
maltrato.
Factores de riesgo:
Individuales:
- características de los padres:-aspectos psicopatológicos .
- problemas de tipo conductual o afectivo.
- dificultad para controlar el estrés.
- baja autoestima.
- poca tolerancia a la frustración.
- ser prematuro.
- niños/as fruto de embarazo no deseados.
- niños/as con discapacidades o problemas de conducta.
- conflictos de pareja, violencia entre los padres, estilos educativos o exigentes o nulos.
Sociales:
- Desempleo
- Bajo nivel cultural y económico.
- Falta de recursos educativos,sociales y sanitarios.
- Culura violenta.
- El maltrato puede producirse de manera activa cuando la persona ejerce el acto de agresión sobre el menor ya sea psicológico o físico.
TIPOS DE MALTRATO:
- Violencia física.
- Violencia química(utilización de productos de limpieza, alimentos en mala condiciones..).
- Falta de cuidados.
- Abuso sexual.
- Maltrato emocional.
- Síndrome de Munchausen.
- Explotación laboral.
- Retrasos generalizados en el desarrollo físico.
- Dificultades en la coordinación perceptivo motora.
- Alteraciones en la identidad personal.
- Lenguaje afectado detectándose mayor pobreza en el vocabulario.
- Comportamientos de dependencia.
- Mayores episodios de agresión en relaciones con sus iguales.
- Falta de relación empática positiva.
- Menor capacidad para disfrutar de sus relaciones.
- Trastornos emocionales de ansiedad y depresión.
- Fracaso escolar.
- En algunos casos conductas delictivas.
En la Comunidad Valenciana, las medidas de protección jurídica del menor vienen determinadas por el Decreto 93/2001 de 22 de Mayo. Esta medida de protección plantea tres niveles:
1.Carácter preventivo: para toda la sociedad y de esta forma evitar las situaciones que pueden poner en peligro la integración del menor.
2.Evitar o erradicar los factores de riesgo que están incidiendo en la familia. Trata de apoyar a la familia mediante medidas económicas, educativas, de orientación, ayuda a domicilio para que sea esta la que pueda facilitar el desarrollo integral del menor.
3.Protección del menor ante el desamparo.
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